Vacancia presidencial en Venezuela: Ilegalidad, falta de elecciones y crisis institucional
Expertos y académicos denuncian que la vacancia presidencial en Venezuela entró en un limbo de ilegalidad tras el vencimiento de los plazos constitucionales el pasado 3 de abril. Ante el silencio de la Asamblea Nacional y la invención de la «ausencia forzosa» por parte del TSJ, el país asiste a una ocupación de facto que ignora la vacancia de Nicolás Maduro, congela el derecho al voto y deja en la nulidad los actos de un Ejecutivo sin sustento legal.
Venezuela suma este 2 de mayo de 2026 un total de 119 días bajo una estructura de mando que la academia y el foro jurídico califican de inedita. La captura de Nicolás Maduro en enero derivó en la inmediata juramentación de Delcy Rodríguez como presidenta encargada, un movimiento que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) blindó mediante la figura de la «ausencia forzosa».
Hoy, con el primer lapso de 90 días de falta temporal vencido desde principios de mes, el país opera sin una prórroga formal de la Asamblea Nacional y sin un cronograma electoral a la vista, mientras la relación con Estados Unidos oscila entre la presión por condiciones de votación y el reconocimiento diplomático de la administración de turno.
El quiebre institucional se formaliza el 3 de enero de 2026. Ante la extracción de Nicolás Maduro para enfrentar la justicia federal estadounidense, la Sala Constitucional del TSJ emite una sentencia donde justifica la permanencia de Rodríguez en el poder Ejecutivo basándose en la necesidad de mantener la «continuidad administrativa». Sin embargo, lo que los expertos denuncian es que el texto constitucional de 1999 no contempla pausas ni excepciones para los plazos de suplencia. El 3 de abril se cumplió el término de 90 días que establece el artículo 233, y el silencio de la Asamblea Nacional ante una prórroga o una declaración de falta absoluta marca el punto de conflicto actual.
Por un lado, partidos políticos y sectores de la sociedad civil exigen el ejercicio del voto para relegitimar el cargo; por el otro, el aparato del Estado mantiene una política de amnistías discrecionales y detenciones que condicionan la protesta. Los entrevistados coinciden en un diagnóstico: el marco jurídico diseñado en 1999 está siendo sustituido por una interpretación de facto que prioriza la permanencia del grupo en el poder sobre la alternabilidad democrática.
La Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, la más antigua del país, exigió la convocatoria «sin dilaciones» a nuevas elecciones presidenciales, tras más de cien días desde que Delcy Rodríguez funge como encargada. En un comunicado, el consejo de la facultad afirmó que el «ejercicio indefinido» de la presidencia por una autoridad no electa «viola el principio democrático» y también «la soberanía popular». Consideró que la convocatoria a comicios presidenciales implicaría el cumplimiento al mandato constitucional, tras subrayar que ya han transcurrido más de noventa días con la vacancia en el cargo presidencial «sin que la Asamblea Nacional (parlamento) adoptara decisión alguna sobre su prórroga».
La Plataforma Unitaria, una coalición que agrupa ocho partidos de oposición, presentó una hoja de ruta para una transición en Venezuela, en la que expone que en el país hay ausencia absoluta. Vente Venezuela coincidió con la Plataforma. A través de un comunicado en redes sociales el 10 de abril, denunció la «falta absoluta en la Presidencia», bajo el argumento de que Nicolás Maduro fue proclamado «ilegalmente» por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y en la actualidad se encuentra preso en Estados Unidos.
Una presidencia eterna
Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, sostiene que la situación actual responde a un diseño político para evitar las urnas. El académico argumenta que el TSJ no actuó según la norma, sino según la conveniencia del momento.
«El Tribunal Supremo de Justicia, de una manera muy cobarde, evadió su responsabilidad de calificar la ausencia absoluta o relativa, evadió inventándose un término como era ‘ausencia forzosa’. Lo que se hizo con esa sentencia fue dejar una especie de presidencia eterna. Cuando ellos quieran, parece que es la voluntad del TSJ, habrá elecciones presidenciales», dice.
El decano explica que esta maniobra técnica tiene un fin político: anular el cronograma que obliga a convocar a elecciones cuando la falta temporal se extiende. Según su visión, el TSJ ha creado una categoría atípica para blindar a una administración que no quiere medirse en urnas. «La impresión que yo tengo es que en el gobierno no quieren que haya elecciones presidenciales porque saben cuál va a ser el resultado, parecido o peor para ellos de lo que pasó el 28 de julio de 2024».
Apitz subraya que la Asamblea Nacional actúa con omisión frente al calendario. «Ya han pasado 90 días, vamos a prorrogar 90 días más esta ausencia… bueno, nada de eso ha pasado. Ese lapso de 90 días no se ha computado, no ha corrido. Parece que la Asamblea Nacional fuera sorda, ciega y muda». Además, descarta que sea necesaria una reforma para este caso. Explica que ante la ausencia del presidente de la República, «que es una ausencia ya prolongada», lo constitucionalmente viable es convocar a unas elecciones presidenciales inmediatamente.
Asegura que la realidad es innegable y que el tiempo juega en contra del relato oficialista. «Lo razonablemente esperado es que (Maduro) no vaya a estar en Venezuela en mucho tiempo», afirma el académico, recordando que un juicio federal en Estados Unidos puede durar hasta cuatro años. Con esta proyección, la tesis de una «falta temporal» se cae por su propio peso. Para el abogado, lo que vive el país es una «presidencia eterna» diseñada por jueces que no se atrevieron a cumplir con el artículo 5 de la Constitución, el cual ordena que la soberanía regrese al pueblo cuando el mandatario falta.
«Si hay una ausencia forzosa, hay una encargabilidad forzosa. Por lo cual, esa encargabilidad no puede ser eterna. Me da la impresión de que hoy lo que está planteado en Venezuela es una usurpación de funciones por parte de la presidenta encargada», sentencia.
Vacancia absoluta es real
Desde la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, su presidente Rafael Badell Madrid precisa la gravedad administrativa del interinato indefinido. Para Badell, la vacancia no es una interpretación política, sino una realidad fáctica que se activa de forma automática una vez que se agotan los tiempos que dicta la ley. Su argumento es demoledor para la seguridad jurídica: no hace falta que el TSJ o la AN «declaren» la falta absoluta para que esta exista.
«La declaratoria de falta absoluta o temporal no es producto de una declaratoria por parte de los poderes constituidos, sino que es consecuencia de la aplicación directa de la norma constitucional. Se trata de una norma autoaplicativa y no programática», puntualiza Badell. El académico explica que la solución debe provenir estrictamente del texto constitucional y no de «inventos» judiciales. «El juez nunca estará autorizado para cambiar o innovar en el orden constitucional. De manera que no es admisible que se creen categorías jurídicas no previstas en la Constitución», dice.
Badell alerta que el país ha entrado en un ciclo de nulidad que afecta desde leyes hasta contratos internacionales. Afirma que esto pone en riesgo la seguridad jurídica. Señala el artículo 138 de la Carta Magna para recordar que este dispone que ‘toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos’. Asevera que «el Estado no puede seguir funcionando, haciendo leyes, otorgando contratos estatales, designando nuevos funcionarios y haciendo llamados a los inversionistas extranjeros con un régimen presidencial interino contrariando lo dispuesto en la Constitución».
Para el jurista, el 3 de abril fue la fecha de caducidad de la legalidad del Ejecutivo: «La Asamblea no prorrogó el lapso antes de su vencimiento y por tanto operó la falta absoluta. Mal servicio se le haría a una reconstrucción del Estado de Derecho pretender imponer una interpretación violatoria de los límites para favorecer a la persona que ocupaba el cargo».
La encargaduría ya cesó
Cecilia Sosa Gómez, vicepresidenta de la Academia de Ciencia Políticas, aborda el conflicto desde la ética del poder y el control social. Sosa reconoce que el TSJ actuó bajo la «premura de la sorpresa» tras la extracción de Maduro, pero asegura que esa urgencia inicial no justifica la violación sistemática de los plazos. Para ella, la «ausencia forzosa» es un calificativo que «no aparecerá nunca en ninguna Constitución» porque es un mecanismo totalmente atípico.
«La realidad es que Maduro no está. Y si no está, yo no puedo mantener más allá del plazo establecido en la Constitución a una encargada», afirma con contundencia. Sosa, expresidenta de la Corte Suprema de Justicia, explica que, aunque la juramentación de Rodríguez pudo ser correcta en un principio para garantizar la continuidad administrativa, ese permiso expiró al cumplirse los 90 días sin respuesta institucional.
«La encargabilidad constitucionalmente cesó. Ella (Delcy) sigue en el cargo fuera del texto constitucional. No está en ninguna prórroga porque no se la han dado. ¿Debería el presidente de la Asamblea decir que eso es implícito? No, eso no existe», comenta.
Sosa también lanza una advertencia sobre la parálisis ciudadana y la presión interna en el chavismo, sugiriendo que la falta de elecciones no es un problema técnico, sino un síntoma de miedo. «¿Qué me frena para pedir elecciones yo como ciudadano? ¿Hay miedo? Si hay miedo es porque hay alguien que mete miedo. Y si hay alguien que mete miedo, es una herramienta opuesta a la encargabilidad que ya finalizó», sostiene.
Expresa su preocupación sobre las facciones que rodean a Delcy Rodríguez. «Me preocupa la oposición interna que tiene el gobierno encargado dentro del chavismo. Esa oposición es la que no permite que haya elecciones porque atemoriza y se sitúa entre la ciudadanía y los hermanos que están al frente del gobierno», menciona. La jurista recuerda que la potestad del cambio no reside en despachos extranjeros: «Venezuela no es de Estados Unidos, ni siquiera es de los poderes en ejercicio. Venezuela es de nosotros».
Poder ignora vacancia
Benigno Alarcón, analista político, por su parte, asegura que la invención de la «ausencia forzosa» es la respuesta de un grupo político que se sabe minoría electoral y necesita ganar tiempo a toda costa.
«El gobierno encargado no quiere llamar a una elección porque sabe que todos los estudios de opinión dicen que jugaría en su contra. La apuesta es alargar los tiempos a ver si ocurre un milagro o si pueden organizar una elección al gusto del gobierno, como hicieron en 2024», analiza Alarcón. Para el politólogo, el país ya desbordó el cauce constitucional: «Ya estamos fuera de la Constitución. Lo que tenemos es una ocupación de facto sin fundamento constitucional. Si uno quisiera tener una opinión purista, ya estamos fuera de la Constitución».
Alarcón revela un dato que choca con la urgencia académica: un aparente consenso internacional para aceptar un retraso de casi un año. «Pareciera que hay una estimación de que el tiempo que se necesita para montar una elección anda entre 9 y 10 meses. Michael Kozak marcó la pauta ayer diciendo que para seguir trabajando con este gobierno tiene que haber progresos electorales, hablando de enero o febrero del año que viene. Pareciera que todos están aceptando ese tiempo».
Al preguntársele sobre si la elección se alejaría de la constitucionalidad, si se hace realmente en 9 o 10 meses, Alarcón dice que sería un proceso «totalmente» al margen de la Carta Magna. «Pero como te lo decía hace un momento, ya estamos fuera de la Constitución», continúa.
Para el analista, diera la impresión de que Estados Unidos intenta hacer una experimento en materia de transición que consiste en usar a figuras del propio grupo gobernante para desmontar su propio sistema para así reducir los riesgos a un próximo gobierno.
Sobre la relación Trump-Rodríguez, Alarcón es escéptico: «Donald Trump le habla a sus audiencias. Si dijera que todo está saliendo al revés, estaría reconociendo su fracaso. Pero mientras tanto, se genera un experimento de transición inconstitucional que intenta dar estabilidad económica a costa de arrastrar los pies en lo político».
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.
Post Views: 28



Publicar comentario