LVBP: Siete peloteros suspendidos por violar normas antidopaje en la temporada 2024-2025
Redacción (ALN).- La Liga Venezolana de Beisbol Profesional (LVBP) anunció la tarde de este viernes, 12 de septiembre, la suspensión de siete peloteros por romper las normas antidopaje durante la temporada 2024-2025.
La información la dieron a conocer mediante un comunicado publicado en su página web.
Estos siete peloteros violaron el Programa Antidopaje de la LVBP (PALVBP), y han recibido una serie de sanciones que van desde 20 hasta 60 juegos, dependiendo del caso de cada jugador.
¿Quiénes fueron los peloteros suspendidos?
Los peloteros suspendidos son:
Jhoulys Chacín, de Leones del Caracas
Willians Astudillo, de Caribes de Anzoátegui
Omar Bencomo Jr., de Tigres de Aragua
Tyler Alexander, refuerzo sustituto de Navegantes del Magallanes
Yoanner Negrín, de Tigres de Aragua
Cristofer Ogando, de Navegantes del Magallanes
Félix Paulino, de Bravos de Margarita
¿De cuánto fue la penalidad?
De los siete jugadores que incumplieron el Programa Antidopaje, los más resaltantes son, sin duda alguna, Jhoulys Chacín (Leones del Caracas) y Omar Bencomo Jr. (Tigres de Aragua), quienes por segunda vez en sus respectivas carreras han dado positivo, lo que significa que ambos han recibido una sanción de 60 juegos.
Otro nombre sumamente resaltante es el de Willians Astudillo, uno de los peloteros más importentes de nuestra Liga en la última década, quien ha recibido una sanción de 20 compromisos.
Además, cuatro importados también han dado positivo. Tres de ellos son: Félix Paulino, dominicano de Bravos; Yoanner Negrín, veterano cubano de Tigres y el dominicano Cristofer Ogando, quien destacó con los Navegantes del Magallanes. Estos tres lanzadores han sido suspendidos por 30 desafíos.
El otro importado en dar positivo fue Tyler Alexander, lanzador de Tiburones que reforzó a Magallanes, que ha sido sancionado por 20 juegos.
«Evaluados los expedientes y las pruebas por el Comité Antidopaje de la LVBP, y ofrecidos su veredicto, la Junta Directiva de la LVBP resolvió aplicar las suspensiones, basada en los atenuantes, con base en los artículos 30° y 41° del PALVBP» reza parte del comunicado.
Asimismo señalaron, que todo jugador puede interponer el recurso de apelación, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del fallo, amparados en lo previsto en el artículo 40 del Capítulo V del Código de Ética y Disciplina de la LVBP.
El objetivo del Programa Antidopaje de la LVBP es ofrecer un espectaculo limpio a los aficionados y hacer conscientes a los jugadores de las repercusiones negativas que el uso de sustancias prohibidas puede ocasionar a su salud, concluyeron.



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