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Limitaciones de la Ley de Amnistía en Venezuela: Exclusiones y Perspectivas Jurídicas

Limitaciones de la Ley de Amnistía en Venezuela: Exclusiones y Perspectivas Jurídicas

Desde su anuncio por parte de Delcy Rodríguez, el chavismo ha advertido que quedan excluidos de la amnistía personas que hayan cometido graves violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, homicidio intencional, corrupción y tráfico de drogas. Expertos consideran que la revisión no debe recaer solo en tribunales venezolanos.

El pasado 30 de enero, Delcy Rodríguez dio un paso en materia de derechos humanos fuera de pronóstico: anunció una ley de amnistía que abarca los hechos de “violencia política” desde 1999 hasta enero de 2026.

«La reconciliación debe ser a dos partes, no pierdan esta oportunidad. Les estamos extendiendo la mano, y nosotros esperamos que con madurez política sepamos enfrentar este nuevo desafío», dijo Rodríguez luego de que el proyecto de ley fuese aprobado por unanimidad en primera discusión dentro de la Asamblea Nacional el jueves 5 de febrero.

Lo que queda claro en un primer momento, tras la publicación de la normativa propuesta, son los 10 hechos específicos que abarca y los delitos que quedan excluidos: violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad y de guerra, el homicidio intencional, el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas cuando la pena mínima aplicable supere los nueve años de prisión y los delitos contra el patrimonio público.

*Amnistía propuesta por Delcy Rodríguez limita su alcance a 10 episodios históricos

Los abogados Juan Carlos Gutiérrez, presidente del Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Mundial de Juristas, y Joel García, especialista en derecho penal y defensor de derechos humanos, recuerdan que una ley de amnistía implica el olvido, el “dejar atrás en la historia un capítulo” y va dirigido hacia los hechos, es decir, hacia “todas las personas que estén relacionadas con ese hecho o delitos conexos con ese hecho de naturaleza política”.

“Lo primero que hay que tomar en cuenta es el caso, no las personas. Es el hecho, la parte fáctica. Vamos a poner el ejemplo del magnicidio frustrado (2018), el caso de los drones en la avenida Bolívar. Si se va a amnistiar a los presos políticos, ellos son presos políticos. ¿Qué se va a amnistiar? El caso de los drones y todas las personas que estén allí indiferentemente del delito por el cual han sido condenados, tienen que estar dentro de esta ley de amnistía”, explica Joel García.

Pero en esos episodios de violencia política hay personas no amnistiables debido al delito o el caso en particular no se encuentra tipificado:

Los policías metropolitanos Erasmo Bolívar, Héctor Rovain y Luis Molina fueron sentenciados a 30 años de prisión por los delitos de homicidio calificado frustrado en grado de complicidad correspectiva, lesiones personales graves y leves en grado de complicidad correspectiva.

Los hermanos Rolando y Otoniel Guevara fueron sentenciados a 27 años de cárcel por homicidio calificado con premeditación y alevosía, mientras que su primo Juan Guevara fue condenado a 30 años de prisión por el mismo delito y por porte ilícito de armas.

Hermanos Guevara

El general de División Alejandro Pérez Gámez, el coronel Pedro Javier Zambrano, el sargento mayor de primera Juan Carlos Monasterios, Argenis Gabriel Valera Ruiz, José Miguel Estrada, Oswaldo Castillo Lunar, Alberto Bracho Rozquez, Brayan De Jesús Oropez, Henriberth Rivas, Yolmer Escalona Torrealba, Emirlendris Benítez y Yanin Pernía Coronel. Este grupo fue condenado a 30 años de prisión por homicidio intencional calificado en grado de frustración en contra de Nicolás Maduro; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración en perjuicio de funcionarios de la Guardia Nacional; lanzamiento de artefactos explosivos en reuniones públicas, traición a la patria, terrorismo y asociación para delinquir.

Henryberth Rivas presos políticos

Henryberth Rivas fue apresado el 21 de septiembre de 2018 por el llamado «caso de los drones». Es uno de los condenados a 30 años de prisión

Milianny Castillo presos políticos El Rodeo I

La hermana de Oswaldo Castillo aseguró que su hermano fue detenido sin estar involucrado en el «caso de los drones»

presos políticos Emirlendris Benítez

Emirlendris Benítez

Juan Carlos Gutiérrez señala que “no se tiene que poner una ley nueva porque los policías metropolitanos y los hermanos Guevara ya han cumplido la pena, tienen que ser liberados. No hace falta una ley de amnistía”.

Reconoce que “conforme a la estructura de la ley, estos procedimientos no estarían dentro del ámbito de la aplicación de la ley de amnistía; sin embargo, por motivos de cumplimiento de la pena e índole procesal, estas personas tienen que ser liberadas”.

García insiste en que estos casos, al tener naturaleza política, sí deben ser abarcados por esta normativa. “¿Cuál es la motivación? Una motivación política, y además que fue un «homicidio» pero no lo ejecutaron, para ellos fue en grado de tentativa. Para mí consideración, tomando en cuenta lo que es una amnistía, todos ellos deben estar dentro de esa posibilidad”.

Los crímenes de lesa humanidad se refiere a detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas y tratos crueles, ejecuciones extrajudiciales, violación o violencia sexual. Si bien el crimen de persecución no está tipificado en Venezuela, explica Gutiérrez, “sí lo está en el Estatuto de Roma y otras graves violaciones a los derechos humanos”.

Entonces, bajo este concepto, quedaría fuera de la ley 3.116 funcionarios de seguridad que han sido imputados por violaciones a los derechos humanos, así como 4.028 funcionarios de seguridad y «colaboradores» que han sido acusados, según cifras del Ministerio Público que abarcan desde agosto de 2017 hasta noviembre de 2025.

Familiares fiscal de la CPI

Los delitos de desfalco a la nación tampoco están contemplados dentro de la amnistía porque implica un acto de apoderamiento, explica Gutiérrez. “En Venezuela, el término técnico es peculado, cuando un funcionario público se apropia de bienes del Estado para sí o permite que una tercera persona se apodere de ellos. En ese caso existe enriquecimiento, un lucro o beneficio económico”.

Debido a esto, algunos trabajadores petroleros o particulares acusados de peculado quedarían excluidos del proceso, así como las 36 tramas de corrupción –entre ellas Pdvsa Cripto– que, según la Fiscalía General de la República, están relacionadas a la industria petrolera.

La abogada y exdiputada Delsa Solórzano también destaca que quedan fuera del ámbito de aplicación quienes han sido condenados bajo la Ley Simón Bolívar o la Ley Contra el Odio.

La acusación de “instigación al odio”, al igual que el «terrorismo», ha sido impuesta con mayor ahínco desde las elecciones presidenciales de 2024. Solo el año pasado, al menos siete personas fueron condenadas por este delito, entre ellos el adolescente Gabriel Rodríguez.

Solórzano también explica que las causas de jurisdicción militar no son amnistiables, debido a que no son incluidas dentro del ámbito temporal. Por ejemplo, el capitán Franklin Caldera, el teniente coronel Igbert Marín o el caso Gedeón, como se conoció a la incursión militar por aguas venezolanas en mayo de 2020. Más de 50 personas están condenadas por este hecho, entre ellos Josnar Baduel, Justo Daza, Rosmel Méndez, Richard Alemán y sus hermanas Andreína y Yolimar Alemán.

*Familiares reclaman información sobre paradero de 31 condenados por la operación Gedeón

Asimismo, señala la exdiputada, el proyecto “no garantiza el retorno seguro de los exiliados, no levanta las inhabilitaciones políticas y no establece mecanismos de reparación integral para las víctimas”.

“Los procesos administrativos deberían ser incluidos porque los inhabilitados, caso sui generis de Venezuela donde hay inhabilitados administrativos, cuestión que no ocurre en ninguna otra parte del mundo, también deben entrar porque tienen motivaciones políticas. Precisamente, si queremos llegar a una paz política tienen que comenzar por allí. No solamente ellos, los exiliados, los perseguidos. Todos ellos deben ser incluidos si se quiere la paz de la República”, afirma Joel García.

Amnistía no es automática

La exdiputada Delsa Solórzano subraya que la amnistía “no es automática: su aplicación debe ser solicitada y queda sujeta a verificación judicial, manteniendo amplios márgenes de discrecionalidad en manos del mismo sistema que ejecutó la persecución. (Art. 9)”.

El presidente del Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Mundial de Juristas señala que este sistema de justicia “ha sido señalado correctamente por los organismos internacionales por sus falencias y falta de independencia, de autonomía e imparcialidad”.

¿Quién debería evaluar estos casos? Gutiérrez afirma que la tarea debería recaer en otros jueces. “Estos jueces tienen que hacer un análisis de que ha habido una mala praxis en desarrollo de procesos anteriores y, como consecuencia de ello, también aplicar la amnistía”.

Considera que una práctica “interesante” sería la revisión de casos por una comisión independiente formada por miembros de la sociedad civil, juristas y organizaciones de derechos humanos.

Además, advierte que “tiene que haber una compatibilidad de la ley de amnistía con el derecho internacional de los derechos humanos, porque sino sencillamente la Corte Interamericana de los Derechos Humanos lo va a anular”.

“Creo que debería haber un trabajo de índole pedagógico, pero además con un protocolo real y eficiente de actuación. En primer lugar, hay que darle urgente prioridad a las personas que se encuentran privadas de libertad. La aplicación de la ley debería tener una inmediata ejecución para que estas personas sean liberadas», resalta Gutiérrez.

En un segundo nivel, prosigue, «los miles de venezolanos sometidos a medidas cautelares que deben presentarse en tribunales, con bienes incautados y cuentas congeladas. Esas medidas restrictivas de sus bienes deberían levantarse y poder recuperar sus activos”.

«Sistemáticamente vendrán las personas que se encuentran en el exterior, es decir, tiene que haber una aplicación organizada, sistemática, progresiva, eficiente, universal, no corrupta, sin discriminación, de forma tal que los primeros beneficiados sean las personas detenidas, segundo los que están sometidos a procesos judiciales y luego, los que están en el extranjero. Viene un trabajo fuerte y el sistema de justicia debe adaptarse a funcionar correctamente para que esta ley tenga una efectiva aplicación y cumpla con esa función de cerrar capítulos y procurar paz, estabilidad, progreso y reconstruir un nuevo sistema de justicia y una nueva democracia en Venezuela», reafirma Gutiérrez.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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