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Aumento de Demandas Laborales en Inspectorías del Trabajo: Despidos Injustificados y Cálculos Erróneos en Caracas

Aumento de Demandas Laborales en Inspectorías del Trabajo: Despidos Injustificados y Cálculos Erróneos en Caracas

Las colas en las Inspectorías del Trabajo están repletas de personas que han sido despedidas de manera injustificada, que enfrentan un mal cálculo de liquidaciones y prestaciones, además de retrasos en los pagos de salarios. El abogado Simón Jurado-Blanco destaca que en los últimos tres años ha habido un aumento en las demandas laborales contra empresas privadas.

Las filas en la oficina de la Inspectoría del Trabajo, situada en Tienda Honda, en el centro de Caracas, comienzan desde las 6:00 a.m., aunque la atención al público no inicia hasta dos horas después. A diario, se forman colas con decenas de personas que buscan ampararse frente a despidos injustificados, solicitan cálculos de liquidaciones y prestaciones, o enfrentan problemas con el pago de salarios.

La devaluación del bolívar, el pago de bonos afectado por la escasez de divisas y la inamovilidad laboral mediante decreto han perjudicado las relaciones entre empleados y empleadores, especialmente en el sector privado. La administración pública también acumula denuncias, sobre todo por parte del Ministerio de Educación debido a la suspensión de salarios al personal docente y administrativo en el último año.

El abogado Simón Jurado-Blanco, especialista en derecho laboral y socio del escritorio jurídico Jurado-Blanco y Aguirre, indica que en los últimos tres años han aumentado las demandas laborales hacia empresas privadas, especialmente por despidos injustificados y mal cálculo de liquidaciones y prestaciones, lo que se debe a la entrega de bonos como «complemento» del salario.

Ese es el caso de José Oropeza*, quien trabajaba en el área de producción de una gran empresa de charcutería cuando fue despedido injustificadamente.

«Recibí un llamado de Recursos Humanos donde me dijeron que ya no necesitaban mis servicios, que me notaban incómodo y por eso me dejaban ir. Les respondí que no estaba renunciando, pero solo me dijeron que me iban a traer los cálculos de lo que me tocaba», comenta.

José menciona que ganaba casi 630 dólares por laborar en turnos nocturnos de 60 horas semanales, con días libres “casi inexistentes”. Su salario base era de 130 bolívares, el mínimo establecido desde hace tres años por el Ejecutivo. Además, percibía 150 dólares en efectivo y el resto se depositaba como «bono mensual» en bolívares.

El cálculo de liquidación y prestaciones que hizo Recursos Humanos se basó en los 130 bolívares. «Imagínate, yo reclamé que esas cuentas no cuadraban y no firmé ningún papel, porque al firmar estaba renunciando a todos mis derechos. Pregunté si era un despido injustificado y me respondieron ‘tómalo como tú quieras’».

Según los cálculos de Oropeza, la empresa debería pagarle 2.562 dólares solo en prestaciones sociales, además de 1.500 dólares por concepto de utilidades, vacaciones y fideicomiso. Nunca recibió un recibo de pago, «pero tengo pruebas porque grababa al momento de recibir el bono en divisas. También tengo el registro de la aplicación que usan para el pago en bolívares», comenta.

En la Inspectoría del Trabajo solicitó un amparo y se envió una notificación para conciliar con la empresa. «Veremos que sale de ahí. Si no me muevo ahorita, ¿cuándo sale esto?», dice José, quien es el sustento de su hogar y tiene una niña de un año y siete meses y otra recién nacida.

El joven también conoce otros casos de despidos injustificados dentro de la empresa. «A un señor que llevaba años trabajando le deben alrededor de 20.000 dólares, pero eso no ha avanzado».

El proceso en tribunales e inspectorías

El abogado Simón Jurado-Blanco señala que en tribunales se debe probar esos ingresos extras a los trabajadores, ya sea con comprobantes de pago o transferencias, para que el reclamo pueda prosperar en base al dinero realmente devengado por el trabajador.

Explica que una demanda laboral ante tribunales pasa primero por una fase de mediación, que puede extenderse hasta cuatro meses, donde se busca conciliar entre el trabajador y la empresa. Este proceso lo llevan los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.

Basado en su experiencia, Jurado-Blanco dice que se ha perdido un poco el respeto hacia esa primera fase, ya que no es obligatoria para las empresas llegar a una negociación. «Sabemos que hay una devaluación importante de la moneda y a veces el tiempo corre en contra del trabajador. Se puede utilizar como una medida para que el trabajador baje sus expectativas alargando el juicio, pero los medios de resolución alternos han sido eficaces para que las partes se conozcan, vean las pruebas y estén al tanto del verdadero riesgo de mantener la demanda».

Usuarios se quejan de que en algunas ocasiones, en la Inspectoría del Trabajo de Tienda Honda, solo atienden a 20 personas para el cálculo de liquidaciones y prestaciones sociales.

En las Inspectorías del Trabajo, a diferencia de los tribunales, se busca comúnmente el reenganche en el puesto de trabajo dado que la persona fue despedida injustificadamente. En el país se mantiene la protección de inamovilidad laboral desde 2002.

El abogado comenta que «anteriormente el proceso de reenganche podía ser muy rápido, pero debido al gran volumen de procedimientos se ha vuelto muy lento, además de que en la Inspectoría del Trabajo no cuentan con los recursos tecnológicos necesarios para que los casos avancen administrativamente más rápido. Un proceso de reenganche que antes podía durar tres o cuatro meses ahora se ha extendido a dos años».

También destaca que existen sentencias «que pueden ser utilizadas por las empresas para abrir una articulación probatoria y que el reenganche no sea inmediato, se lleven a juicio todas las pruebas y entren en un embudo de decisiones que, reitero, pues hay tantas causas y la sobrecarga de trabajo en las propias Inspectorías, provoca que se retrasen los reenganches».

Los trabajadores también recurren a las Inspectorías para solucionar deudas contractuales de las empresas. Tal es el caso de Roberto Zambrano, de 60 años, quien se encuentra en un limbo legal.

La empresa donde trabajaba Zambrano no cumplía con todos los comprometidos laborales y al momento de despedirlo, hace 10 años, no le entregaron el registro de asegurado –conocido como la forma 1402– lo que le ha impedido completar los trámites de su pensión ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

«Ellos aparecen en pantalla, pero como esta cerrada no puedo obtener ningún documento. No me entregaron ningún comprobante que constara que pagaban el IVSS. La constancia de trabajo tampoco me la sellaron», comenta Zambrano, quien espera que la Inspectoría le ayude en su caso.

El problema de la bonificación

Marian Rodríguez*, de 32 años, es programadora. Tenía un año trabajando en una firma financiera privada hasta que fue despedida sin justificación, dejándola sin ingresos mientras sus dos padres están a su cargo. Tuvó que acudir a la Inspectoría por el mal cálculo de su liquidación. «Ellos no sumaron los bonos, esto es recurrente».

Marian recibió unos 500 dólares cuando, según cálculos de un abogado, debió percibir alrededor de dos mil dólares. «Me toca venir porque aquí (en la Inspectoría) hacen el cálculo oficial, vine temprano porque solo atienden a 20 personas».

Cecilia Barreto*, de 36 años, era supervisora en una firma del sector alimenticio ubicada en Altamira. Estuvo en el cargo apenas tres meses cuando fue despedida, según ella, «porque querían desistir de mi contrato sin justificación».

«Solamente porque tienen dinero hacen contigo lo que quieren. De la noche a la mañana me despidieron por hacer valer mis derechos, porque no permití que me faltaran el respeto. Me estaban obligando a renunciar, ya tenían el papel preparado, el arreglo en bolívares y con una liquidación que no coincide con mi sueldo», señala.

El salario de Cecilia como supervisora era de 400 dólares mensuales. La empresa le ofreció una liquidación «que no llegaba a los 50 dólares, y además en bolívares». Asegura que esa empresa donde trabajó tiene una alta rotación de personal, porque «nos ponen a redoblar, nos desgastan y luego nos botan. Incluso empleados que sufirieron accidentes laborales y no se hacen cargo».

El especialista en derecho laboral reitera que se necesita presentar pruebas en tribunales para reclamar a la empresa un mal cálculo, aunque advierte que si un juez da la razón al empleado, no necesariamente cobrará ese dinero en divisas extranjeras.

«Por más que en Venezuela se reciban dólares, según las leyes, las empresas como patrono pueden eximirse de su obligación pagando su contraprestación en bolívares, es decir, el tipo de cambio al momento del pago. La única manera en que el tribunal obligue al pago en moneda extranjera es que se haya acordado previamente con el trabajador, que tenga una condición donde ambas partes lo reconozcan, generando la obligación del pago», puntualiza.

Una de las soluciones a este problema, menciona el abogado, es que las empresas tengan una relación transparente en su gestión de pagos al recurso humano. «Buscar que cada uno de los pagos y conceptos que otorgue el patrono sean efectivamente recibidos por el trabajador y firmados mediante recibos, soportes o actas de entrega para tener claridad jurídica en los cálculos de prestaciones de acuerdo a los verdaderos ingresos. Con esto se evita que haya pagos por debajo de lo que corresponde».

Inamovilidad laboral

El pasado 27 de diciembre, vía decreto presidencial, se extendió la inamovilidad laboral en el país. La medida entró en vigencia desde el 11 de enero y permanecerá hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde 2002 han emitido 24 decretos consecutivos que limitan las terminaciones laborales.

Wilder Márquez Romero, abogado laboralista y asociado en Geca Consultores, mencionó en un artículo que cuando finalice el actual decreto, «habremos tenido 25 años consecutivos de aplicación de esta medida que, a todas luces, no es solución para el desempleo ni para la precarización del trabajo. Esta medida, que debió ser temporal mientras se implementaban otras que realmente solucionaran la crisis laboral, terminó extendiéndose tanto que, a su vez, ocasionó un efecto contrario».

Destacó que una inamovilidad tan «estricta» como la de Venezuela solo excluye a cargos directivos o aquellos con menos de 30 días de prestación de servicios, «sumado a un régimen retroactivo de prestaciones sociales, lo cual ha traído como consecuencia un fomento de la informalidad laboral y un obstáculo a la inversión privada, que ve como los procedimientos de reenganche y restitución de derechos ante las Inspectorías del Trabajo, a través de los desacatos laborales y la suspensión de la solvencia laboral, pueden limitar la libertad de empresa y, en consecuencia, su capacidad para generar ingresos».

Para el abogado Simón Jurado-Blanco, debería eliminarse dicha inamovilidad y mantener los procedimientos que establece la Ley Orgánica del Trabajo para despedir a un trabajador.

«Cuando una empresa quiere despedir a un trabajador, el proceso puede durar hasta tres años y hay una pequeña posibilidad de que declaren a favor de la empresa, pero para eso debes convivir con un trabajador que tal vez tiene motivos para ser despedido pero lo tienes en su puesto hasta que se dé la autorización. Entonces se distorsiona el funcionamiento formal de una compañía», resalta.

Reitera que el Estado debe proporcionar soluciones a las empresas «para que de una manera más corta los entes, inspectorías o los tribunales puedan evaluar si existen causas justificadas para despedir a un trabajador. Esto evitaría despidos injustificados que pudieran llevar a procesos mayores».

*Los nombres de algunos entrevistados fueron cambiado a petición de las partes.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos legales dispuestos para castigar la libertad de expresión, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue elaborado teniendo en cuenta las amenazas y limites que, en consecuencia, se han impuesto para divulgar informaciones desde dentro del país.


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