15-12-2016 11:10:00 p.m. | Emen.- En sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de «responsabilidad política» contra el Presidente Nicolás Maduro, así como dictar cualquier tipo de acto al margen de sus atribuciones constitucionales.
La sentencia de la Sala Constitucional del TSJ se declaró competente para reconocer la acción ejercida por el procurador general de la República (E), Reinaldo Muñoz, quien solicitó al máximo tribunal tomar previsiones para evitar actos de la AN en contra de la Constitución, como fue el acuerdo parlamentario mediante el cual la mayoría de derecha en el Parlamento aprobó declarar la «responsabilidad política» del presidente Maduro, ante una supuesta «ruptura del orden constitucional y democrático», aprobado el pasado 25 de octubre y dictado durante la condición de desacato que aún pesa sobre el órgano legislativo, reseña AVN.
El TSJ ratificó la nulidad e inconstitucionalidad de todos los actos emanados de la AN, incluidas las leyes que sean sancionadas, por carecer de toda eficacia y vigencia jurídica, mientras el Parlamento se mantenga en desacato de las sentencias de la Sala Constitucional, y no sean desincorporados formalmente los tres candidatos del estado Amazonas, cuya proclamación fue suspendida por el Poder Judicial hasta tanto culminen las investigaciones sobre las acusaciones de fraude que pesan sobre su elección el pasado 6 de diciembre de 2015.
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