Las elecciones de jueces de paz están pautadas para el 15 de diciembre. La organización de la jornada está a cargo de las comisiones electorales de paz correspondientes a cada circuito comunal
Francesca Díaz | Correo del Caroní
El próximo 15 de diciembre el país tendrá elecciones para escoger a 30 mil jueces de paz, 15 mil de ellos serán jueces principales. Así lo ordenó el mandatario Nicolás Maduro, luego de que la Asamblea Nacional sancionara la reforma de la Ley Orgánica de Justicia de Paz Comunal.
La reforma modificó y actualizó los artículos de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en Gaceta Oficial en mayo del año 2012, la cual según el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, quedó como “letra muerta” y la reforma busca -precisamente- estipular acciones para el cumplimiento de esta normativa.
Un juez de paz, según la ley, es una figura que tiene como objetivo conocer los conflictos y controversias en su ámbito local territorial y, posteriormente, llevar a cabo un arbitraje de equidad y dictar sentencia en temas locales como conflictos entre vecinos, interpretación de ordenanzas, recepción de denuncias y coadyuvar en el cumplimiento de medidas, entre algunas de ellas, la obligación de manutención y la sana convivencia con la fauna doméstica.
Esta figura actuará como mediador comunal y podrá impartir justicia de forma local. Entre los requerimientos para optar a este cargo no está ser abogado, sino tener un “profundo conocimiento de su entorno, necesidades, conflictos, costumbres y cultura de su ámbito territorial”, puntualiza la normativa en su artículo 18.
Cada circuito comunal podrá tener hasta tres jueces principales y también suplentes, los candidatos pueden ser sugeridos por el consejo comunal, la asociación de vecinos, o postularse por iniciativa propia.
Los requisitos para ser juez de paz son ser venezolano, mayor de 25 años, tener al menos 3 años viviendo en el territorio correspondiente, no estar sometido a condena, no pertenecer a la directiva de organización política, sindical, o gremial, ni ser vocero de alguna organización del poder popular; ser de estado seglar; no pertenecer a organismos policiales; mantener una conducta intachable; no ser ni promover posturas fascistas, entre otros.
El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Ciudad Guayana, Javier González, explicó en entrevista con Correo del Caroní que esta figura emana de una ley aprobada hace varios años, y explicó que ya existe en otros países.
“Esta figura existe en muchos países, lo que pasa es que nosotros no tenemos esa cultura para dirimir asuntos controversiales de particulares frente a un juez de paz. Es una persona que tendrá una formación de seis meses. Las personas podrán postularse o ser postuladas por terceros”, dijo Javier González.
Entre ellos Colombia, que es uno de los Estados que cuenta con esta figura de justicia de paz, teniendo los jueces de paz una estructura similar a la propuesta por el Gobierno nacional.
“Es una persona que tenga una reputación intachable y sea conocido por la comunidad porque, en definitiva quien lo va a elegir son los comuneros. Las personas que viven en ese sector. Tiene 17 competencias, pero dentro de esas competencias está regular todo aquello en materia de inquilinato. En materia civil tiene competencia para casar, para dirimir problemas de permisos de menores de edad, situaciones de carácter civil que no estén suscritas por la ley y que obligatoriamente debe atenderlas un tribunal. Situaciones de terrenos, cobros de pagos entre las personas que sean hasta cierto monto. Las competencias serán las que tenía el tribunal municipal en materia civil”, detalló González.
*Lea también: AN 2020 modifica requisitos para ser juez de paz comunal: «traidores» no podrán aplicar
Según el artículo 20 de la nueva normativa, los jueces de paz antes de tomar posesión del cargo deben realizar un programa de formación y capacitación inicial en justicia de paz comunal y derechos humanos.
Si el juez de paz de la comunidad es unipersonal, actuará de forma individual; sin embargo, de tener más de uno, será de forma colegiada. Asimismo, el artículo 11 establece que se debe entregar un informe de gestión semestral ante la asamblea de ciudadanos. Este informe será presentado también ante la Coordinación Nacional de Justicia de Paz Comunal del Tribunal Supremo de Justicia (representación de los jueces de paz en el máximo tribunal).
La gestión de los jueces de paz tendrá una duración de tres años.
“Cuando el delito sea de carácter leve, que no amerite privativa de libertad, será ventilado por esos tribunales. Ya cuando sube la cuantía y amerita privativa de libertad, se ventilará por el Tribunal de Control que esté de guardia. Esta figura ya existía anteriormente, lo que pasa es que no tenía una ley que la regulara. La figura del juez de paz está prevista en las leyes venezolanas. Esta figura existe en muchos países, lo que pasa es que nosotros no tenemos esa cultura para dirimir asuntos controversiales de particulares frente a un juez de paz. Es una persona que tendrá una formación de seis meses. Las personas podrán postularse o ser postuladas por terceros”, explicó González.
Las competencias del juez de paz abarcan el conocimiento de conflictos o controversias en su ámbito local. Para iniciar el proceso, alguna de las partes debe hacer una solicitud.
“En el marco de esa Ley de Justicia Comunal, creo que una cosa es el tema de administrar justicia que para que una persona sea juez debe tener unas credenciales y formación profesional. Debe aplicar al cargo por concurso lo cual no se está haciendo”, Robnny Gutiérrez
En el caso de asuntos patrimoniales, conocerá de este tema si la valoración que dan las partes no excede del equivalente en bolívares a mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV).
También conocerá sobre problemas arrendaticios, interpretación de ordenanzas, cartas comunales y reglamentos de organizaciones vecinales.
El juez de paz tiene competencia para dirimir conflictos relacionados con la actuación de organizaciones vecinales. Asimismo funcionará como receptor de denuncias en casos de violencia de género, en los términos establecidos en la ley especial que regula la materia, pudiendo dictar medidas de protección y seguridad a favor de la víctima. Seguidamente remitirá el asunto al Ministerio Público a los fines de continuar con el procedimiento.
También dará seguimiento al cumplimiento de medidas relativas a la convivencia familiar y la obligación de manutención dictada por tribunales de protección del niño, niña y adolescente.
Deberá velar por el respeto al derecho del menor y adultos mayores, personas con discapacidad o situación de vulnerabilidad. Así como todas las controversias relacionadas con actuaciones de consejos comunales.
En opinión del abogado Robnny Gutiérrez, especialista en Ciencias Penales, con la estructura e inclinación política que tienen los miembros de las organizaciones comunales, es posible que esta medida pueda politizar la impartición de justicia y abogó por erradicar la burocracia mejorando el funcionamiento de los tribunales disponibles.
“En el marco de esa Ley de Justicia Comunal, creo que una cosa es el tema de administrar justicia que para que una persona sea juez debe tener unas credenciales y formación profesional. Debe aplicar al cargo por concurso lo cual no se está haciendo. Más allá de que existan lo que son medios alternativos de resolución de conflictos, esto pudiera verse como un medio de politización, donde las personas que realmente no tienen la preparación sean parte de estructuras que al final no cumplen lo que buscan alcanzar. Se requiere para tener participación en esta área, tener formación y espacios donde realmente exista un grado de objetividad. El consejo comunal es público y notorio que no tiene ese grado de objetividad que permita a los vecinos ser parte de un proceso conciliatorio para dirimir alguna controversia, cuando sabemos que, obviamente, son grupos que en las comunidades tienen cierto grado de preferencia política”, puntualizó Gutiérrez.
Dentro de la normativa se expone al consejo comunal y a los jueces de paz como corresponsables de impartir la llamada justicia de paz. De hecho, contempla la creación del Consejo de Justicia de Paz Comunal, una instancia formada por los comités de justicia de paz de los consejos comunales, y que se encargarán de la promoción del desarrollo de la justicia de paz.
El Consejo de Justicia recibirá las impugnaciones a las decisiones dictadas por los jueces de paz. Mientras que los comités de justicia y paz comunal, podrán canalizar controversias hacia los jueces de paz.
En resumen, el consejo comunal hará parte importante de esta estructura, pudiendo validar incluso impugnaciones de las sentencias, esto en el marco de que estas instancias se han manifestado como abiertamente oficialistas, lo que pudiese comprometer la imparcialidad en estos procesos.
“Debe existir una separación de poderes y las leyes deben priorizar el respeto a las garantías constitucionales. Sobre todo cuando nosotros hablamos de temas como derechos del niño, existen el interés superior del niño que debe ser velado desde el Poder Judicial con una óptima preparación y realmente no cualquier persona puede asumir un cargo de esta naturaleza, tiene que recibir una preparación psicológica, jurídica que pueda realmente abordar estos asuntos. Aquí está como que cualquier persona al parecer podrá optar por este cargo, eso realmente erosiona lo que es tener un juez competente y formado. Están usurpando ciertas competencias de lo que es el Poder Judicial. En violencia de género pasa lo mismo, hay casos delicados que necesitan ser dirimidos por un tribunal competente con una formación especializada”, declaró Gutiérrez.
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