Los abogados de la extesorera del régimen venezolano, Claudia Díaz Guillén y el exguardaespaldas de Hugo Chávez, Adrián Velázquez, pidieron al tribunal federal de Fort Lauderdale que niegue la solicitud hecha por la Fiscalía de los Estados Unidos para que el tribunal emita una sentencia de decomiso de $100 millones de dólares provenientes de sus actividades delictivas.
Díaz Guillén y Velásquez Figueroa se opusieron conjuntamente a la moción del gobierno de una sentencia de decomiso de dinero por considerarla «injusta».
La defensa pidió—basado en la Regla 32.2, permite que los demandados tengan una audiencia para discutir la confiscación de sus bienes en este caso—la denegación de la moción de los fiscales estadounidenses.
El Tribunal determina el monto de la sentencia monetaria “basado en la evidencia que ya está en el expediente, incluido cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad por escrito y cualquier evidencia o información presentada por las partes y aceptada por el tribunal como relevante y confiable.»
Más de $139 millones de ganancias ilícitas
Los Demandados participaron en una conspiración mediante la cual Díaz Guillén—como tesorero de Venezuela— aceptó más de $100 millones en sobornos a través de su esposo, Adrián Velázquez, para que ella «le proporcionara a los conspiradores accedieran a tipos de cambio de divisas favorables al permitirles comprar bonos del Reino Unido con fondos del erario público venezolano».
Como establecieron los fiscales en el juicio de los dos venezolanos corruptos, y como acredita el veredicto de culpabilidad del jurado, «el caso se trató de una conspiración que involucró dinero en efectivo escondido en cajas de cartón, compañías ficticias en el extranjero, transferencias electrónicas internacionales, cuentas bancarias suizas, aviones privados, yates, e incluso una empresa de moda de alta gama».
Los fiscales probaron ante el jurado que hubo una conspiración que tenía como objetivo el lavado de dinero promociona, «Díaz Guillén y Velásquez Figueroa obtuvieron al menos $136.752.007,46 en pagos de sobornos».
Los fiscales calcularon el monto de la sentencia sumando los montos de las planillas “AV” enviadas por Raúl Gorrín ($79.824.051,46), las cantidades que Gorrín envió desde su empresa Andiron a Invesco Capital Fund ($21,422,956) y los montos que Gorrín pagó por aviones privados para los Demandados ($35,505,000).
De hecho, los fiscales dicen que no sumaron para la totalización del monto de la sentencia de dinero, «todas las facturas», porque hubo dos cantidades que no se contabilizaron en las hojas de cálculo AV y no se presentaron al jurado.
La acusación contra Díaz y Velázquez se basa en una trama de corrupción ejecutada por Raúl Gorrín y otros, que planearon (y lo hicieron) comprar bonos del Reino Unido desde Venezuela y explotar la diferencia entre el precio de los bonos y tipos de cambio no oficiales. «Para concretar las operaciones los coacusado necesitaban sobornar sus contactos dentro de la tesorería venezolana».
Para Gorrín y sus socios ese “contacto” era Claudia Díaz y su marido, Adrián Velásquez.
Los fiscales pidieron al juez evaluar los anexos presentados que se usaron para calcular el fallo monetario contra los dos exfuncionarios corruptos.
En la moción de los fiscales alega que durante los tiempos en los que se produjo la conspiración, Venezuela tenía dos tipos de cambio de dólares a bolívares: no era el tipo de cambio oficial venezolano, que durante el período relevante fue de 4,3 bolívares por dólares y el otro era un «no oficial», «mercado abierto» o tipo de cambio del “mercado negro”.
El tipo de cambio del mercado negro era fluctuante; por ejemplo, entre junio de 2011 y junio de 2012, osciló entre 8,25 y 9,47 bolívares por por dólar. Los conspiradores compraron bonos del Reino Unido utilizando bolívares venezolanos al tipo de cambio fijo, [esencialmente intercambiando bolívares por libras esterlinas], que luego se convirtieron a dólares estadounidenses.
Luego, los conspiradores cambiarían los dólares a bolívares utilizando el mercado negro más alto.
El tipo de cambio permitió a los conspiradores (a veces) duplicar su dinero, al comprar bonos a la tasa legal, convertirlos a dólares y venderlos a la tasa del mercado negro, podrían hacer “grandes ganancias”.
A modo de ejemplo:
• Los conspiradores compraron un bono de $ 1 millón, utilizando el cambio fijo de 4,3 bolívares por dólar estadounidense, es decir, $4, 30 millones.
• Los conspiradores vendieron los dólares utilizando el tipo de cambio del mercado negro de 9,39 por dólar estadounidense, recibiendo 9,39 millones de bolívares;
• Como resultado de las transacciones, los conspiradores obtuvieron una ganancia de 5,09 millones de bolívares. Y en la medida que aumentaron las cifras de «inversión» (por ejemplo, bonos de £160 millones).
•Para lograr la aprobación de los dólares preferenciales, los conspiradores pagaron sobornos a Claudia Díaz Guillén, que tenía la potestad de aprobar dichas transacciones.
• En un esfuerzo por ocultar los sobornos que estaba recibiendo, el esposo de Claudia Díaz, Adrián Velázquez, actuó como intermediario de su mujer, aceptando los sobornos en su nombre.
•La Participación de los dos convictos en el Esquema de Intercambio del Tesoro de Venezuela fue notable porque Claudia Díaz era la tesorera de Venezuela después de otro funcionario corrupto y convicto por corrupción y violación de la Ley de Prácticas corruptas en el extranjero, Alejandro Andrade (aunque no de manera consecutiva).
•Mientras Alejandro Andrade era tesorero aceptó mil millones de dólares en sobornos de Raúl Gorrín, un corrupto milloanrio venezolano y otros.
•Cuando Gorrín sobornó a Andrade, no transfirió todo el dinero del soborno a las cuentas del exfuncionario. Por el contrario, Gorrín se aferró a la ganancia.
• Claudia Díaz aceptó la oferta de Raúl Gorrín que incluyó la trama corrupta de la compra de un bono de £160 millones, estafando con ello las finanzas públicas de los venezolanos.
1. Esquema de corrupción usado por Raúl Gorrín
Según la evidencia, Raúl Gorrín, presidente de Globovisión, buscó aliados de la oficina de tesorería nacional, para ofréceles grandes ganancias, a cambio que hicieran las transferencias a Suiza para la custodia gratuita de instrumentos financieros.
Una vez que su banco tuviese la custodia de estos instrumentos financieros, ordenaba a los funcionarios de su banco que los vendieran. Debían tener listos a dos propietarios de bancos venezolanos que permitieran la recepción de grandes cantidades de bolívares.
Las venta de los instrumentos en dólares a los banqueros o empresarios venezolanos, se hacía a precio del dólar libre. El Tesoro Nacional tenía que pagar el bono asignado en bolívares, al tipo de cambio oficial.
En las instrucciones dadas por Gorrín a los exfuncionarios corruptos, hacía hincapié en que no debían hacer caso «a los daños colaterales de la economía venezolana» con la venta de dólares al precio del mercado dólar.
En las instrucciones — dadas a conocer en las evidencias presentadas por los fiscales al jurado— Gorrín establecía que «en la tarea de intentar ser el único proveedor de dólares en el mercado venezolano, debes actuar sin escrúpulos». es decir, no debes importarle si los precios de los alimentos, medicamentos, los bienes o servicios aumentaban o no. «Eso es un problema de mercado».
Gorrín prometió conseguir aliados políticos para defender a Claudia Díaz y a Andrade. «Con las ganancias obtenidas, compré el canal de TV (Globovisión), aseguradoras, casas de bolsa y bancos», e incluso, trató de entrar en el mercado petrolero».
Gorrín contabilizó los pagos de soborno de Alejandro Andrade y pagó sus facturas tal como éste lo pidió.
Después que Andrade renunció a la Tesorería de Venezuela, Gorrín le pidió que lo acercarse a Díaz Guillén «para ver si continuaba haciendo con ella las mismas transacciones de cambio monetario que estaba haciendo con él», y en ese sentido, le preguntó si la exenfermera de Chávez aceptaría sobornos de parte de Gorrín para darle prioridad en la compra de bonos.
En marzo de 2011, Claudia Díaz, Adrián Velázquez y Alejandro Andrade se conocieron en persona en Wellington Florida. El encuentro fue negociado por Gorrín, para asegurar que Díaz. Guillén se convirtiera en tesorera de Venezuela.
Andrade le planteó el «negocio» a Díaz, quien estuvo de acuerdo y comenzó a hacer los intercambios con Gorrín.
Después de la reunión en Florida, Velázquez le dijo al entonces amigo y socios de negocios ilícitos. Maximillian Camino Berán que «la reunión fue muy bien y que Díaz probablemente sería la próxima tesorera de Venezuela, lo cual resultó ser correcto».
Bajo el acuerdo de soborno que Gorrín acordó con Claudia Díaz, el 50% de las ganancias del esquema cambiario eran para la corrupta tesorera, el 25% para Gorrín, y el 25% para Alejandro Andrade.
Díaz finalmente aceptó pagos de soborno de Gorrín para adjudicar a Gorrín y sus empresas. el derecho a comprar bonos del Reino Unido del tesoro venezolano. Vale destacar que el fisco venezolano podía aceptar o rechazar ofertas de compra de bonos.
Andrade ingresó al esquema con Díaz y Gorrín, mientras era tesorero, Díaz se reunía semanalmente con Gorrín y con Gustavo Perdomo —quien es cuñado y socio de Gorrín— y por su parte, Velázquez se reunía con Gorrín y Perdomo de dos a tres veces por semana.
Además, había dos o tres encuentros por semana entre Velázquez y Moisés Ricardo Zapata Ruiz—guardaespaldas de Díaz—que era el encargado de recoger cajas que le enviaba Raúl Gorrín. En dos ocasiones, Zapata vio las cajas abiertas—una que abrió el propio Velázquez, y según su testimonio «estaban llenas de dinero en efectivo».
2. Lavado de dinero proveniente de los sobornos por parte de Díaz Guillén y Velázquez
Después que Díaz se convirtió en tesorera de Venezuela, ella y su marido cambiaron su estilo de vida “de manera radical», volviéndose «exuberantes» con «muchas propiedades» y «muchos vehículos».
El jurado también condenó a los demandados por conspiración para cometer lavado de dinero, proveniente de los sobornos que les pagó y les blanqueó Raúl Gorrín.
Gorrín financió—entre otras compras y pagos a favor de Díaz y Velázquez— 3 jets privados, 2 yates (el Oro y Sean), la empresa de ropa de los demandados (Patric Love), bienes inmuebles, fincas y de10 a 14 vehículos.
Gorrín hizo pagos a Díaz y Velázquez a través de una variedad de compañías de su propiedad, incluidas las siguientes:Andiron, IBCDB, Bell Site Overseas, Vineyard Ventures, Mahogany, Comercial y Cabo Occidental.
Gorrín compró tres aviones privados para Díaz y Velázquez, dos de los aviones fueron costaron $5.7 millones y $23.4 millones.
Otro pago hecho por Gorrín a Díaz se realizó bajo unos contratos identificados como FOREX, firmados por la extesorera. Velázquez ordenó a Unique Jet Aviation que facturara a Gorrín por la compra de un jet privado un total de $6,405,000.
Los fiscales mostraron las facturas de los pagos de Gorrín a Patric Love, MJ Box Tool, usando las empresas como Interglobal Yacht Sales a Interglobal Yacht Sales y Unique Jet Aviation.
Una de las empresas a través de las cuales los Demandados recibieron los pagos de los sobornos fue Invesco. «Invesco fue sociedad constituida en Panamá por Maximilian Camino, con Velázquez como oficial y accionista».
Invesco no brindó ningún servicio, no tenía empleados, y no producía ningún producto.
Velázquez era un signatario autorizado en la cuenta bancaria de Invesco, donde se recibieron únicamente dinero de las coimas.
Velázquez también usó la cuenta de correo electrónico «InvescoCF@gmail.com» como su dirección de correo electrónico en la trama de corrupción.
Velázquez dispuso que Gorrín pagara los sobornos a través de Invesco. «Para ocultar los sobornos, Maximilian Camino redactó un documento que decía que Velázquez recibió un ingreso anual de $12 millones a través de la firma Invesco».
«En realidad, Velázquez no hizo “nada” para ganar el supuesto salario de $12 millones», dijeron los fiscales.
Aproximadamente, en octubre de 2012, Maximilian Camino transfirió todas las acciones de Invesco a Velázquez, y a su hermano, a pedido de Velázquez, «porque quería controlar su dinero».
De manera similar, a petición de Velázquez, Maximilian Camino transfirió el control sobre la cuenta bancaria su socio corrupto.
Otra empresa a través de la cual Claudia Díaz y su marido recibieron las ganancias de los sobornos fue MJ Box Tool. Velázquez compró MJ Box Tool, una pequeña empresa venezolana de servicios petroleros, en 2012 en para “canalizar el dinero de los sobornos”, de acuerdo a los fiscales.
Velázquez abrió una cuenta a nombre de la firma MJ Box Tool en en el banco BSI de Suiza. En el tinglado de corrupción también usaron cuentas de Gorrín en Andiron Corp SA en Western Cape.
En las transferencias había más de $50 millones en activos y esperaban recibir $95 millones en los primeros 12 a 18 meses de «la relación» bancaria.
Y al 31 de diciembre de 2012, MJ Box valía aproximadamente 98,8 millones de dólares.
Los acusados también crearon Patric Love, una empresa de ropa o “couture”, que sería manejada por Díaz después que salió de la oficina de la Tesorería.
Para «lanzar» Patric Love, los acusados recibieron $4 millones de Gorrín a través de Andiron Corp SA.
Para rastrear los pagos de sobornos y dar cuenta de los montos que debían a los Demandados (de la misma manera que hizo para Andrade), Gorrín creó hojas de cálculo, que enviaba periódicamente por correo electrónico a los acusados a través de Velázquez.
3. Los Demandados Recibieron al Menos $136,752,007. 46 en pagos de Sobornos
El testimonio y las pruebas documentales en el juicio establecieron que los acusados recibieron al menos $136.752.007,46 en moneda estadounidense en pagos de sobornos basados en registros bancarios que documentan las transferencias.
Mientras los Demandados trataban de disfrazar este pago de soborno como el pago de un préstamo, María Mercedes Matsuo testificó que nunca le dijeron que el pago se basaba en un préstamo o que tendría que devolverlo.
La testigo, que era la encargada de la empresa de ropa de Díaz, aseguró que su firma fue tomada de su pasaporte para falsificar los documentos del préstamo.
El jurado acreditó el testimonio de la Sra. Matsuo y no creyó que el pago de $4 millones fuera un pago de préstamo.
Según las hojas de cálculo AV de Raúl Gorrín los demandados se hicieron acreedores de ($79.824.051,46), más ($35,505,000).
En el juicio, la agente especial de Investigaciones de Seguridad Nacional, Brittney Suárez testificó sobre los documentos bancarios recibidos de Suiza.
Mirando la cuenta bancaria suiza de Invesco, la agente especial Suárez dijo que las siguientes transferencias electrónicas (por un total de $ 21,422,956) fueron hechas desde las empresas de Gorrin a la cuenta Invesco:
• El 18 de octubre de 2011, $4.134.806,00 de Vineyard Ventures a Invesco, y
• El 26 de enero de 2012, $17.288.150,00 de Bellsite Overseas a Invesco.
Y finalmente, después de que se cerró la cuenta de Invesco, todos los montos en esta cuenta de Invesco se transfirieron a MJ Box Tool.
Asimismo, Jailyne Padrón, una contadora forénse de Deloitte que trabaja para HSI, revisó las hojas de cálculo “AV” contenidas en los Anexos de la fiscalía y preparó un cuadro resumido de sobornos que Gorrín pagó a los Demandados, y que aparecen en su propia contabilidad.
Además, la agente especial Suárez testificó sobre dos cables adicionales en la cuenta bancaria suiza: el 12 de octubre de 2011, $ 1,399,898.02 y el 16 de abril de 2012, $3.840.000,00.
Si bien las transferencias contenían ganancias de sobornos, eran transferencias entre las cuentas de Invesco y no está claro si estas cantidades se contabilizaron en otra parte.
Los fiscales no utilizaron estos últimos montos en el cálculo de la sentencia monetaria que pidieron al juez.
Los fiscales mostraron unas piezas de evidencia que prueban que la cuenta bancaria de MJ Box Tool se cerró y todos los montos se transfirieron a una cuenta a nombre de Niham Corp. Aclararon que el anexo de esta transferencia no fue admitido en el juicio, pero aún puede ser considerado por el juez para revisar el monto de la sentencia.
Gorrín compró tres aviones para los Demandados: números de matrículas: N90RZ, N64AV y N452AC. «Esos aviones, en total, cuestan $35,505,000».
La compra de N90RZ fue por $6,405,000, el N64AV por $5,700,000 y la compra de N452AC por $23,400,000.
En las hojas de cálculo de Gorrín, revisadas por los testigos de la fiscalía, no se contabilizaron la compra de los tres aviones (o yates que compró para su beneficio, incluidos los Oro o Sean).
Con base en el registro de este caso, el valor total de las propiedades involucradas en los delitos de lavado de dinero de la conspiración de Díaz Guillén y Velázquez y que debe ser objeto de la condena monetaria es de $ 136,752,007.46.
En el documento, los fiscales dicen que Estados Unidos no ha podido localizar todos los bienes directamente decomisables a Díaz y Velázquez.
En el cálculo de la sentencia no se incluyen los dos yates (Oro y Sean) debido a la naturaleza poco clara de cómo los barcos fueron financiado. Por tanto, el cálculo del Gobierno es conservador ya que los bienes decomisables no pueden localizarse mediante el ejercicio de la debida diligencia, y hasta ahora no se ha podido determinar si los mismos fueron transferidos, vendidos o depositados con un tercero; o fueron colocados fuera de la jurisdicción de la Corte.
E Los fiscales piden al juez que «la Corte debe dictar el proyecto de resolución adjunto, en el que se dispone al registro de una sentencia de decomiso de dinero contra los Demandados; la inclusión del decomiso como parte de la sentencia, la condena de los acusados en este caso; y el permiso para llevar a cabo el descubrimiento para localizar los bienes ordenados decomisados.
Díaz y Velázquez no quieren entregar el dinero ni las propiedades
Los dos exfuncionarios corruptos exigen al juez negar la petición del gobierno de una sentencia de decomiso por más de cien millones de dólares, argumentando que dicha solicitud viola la cláusula de multas excesivas de la Octava Enmienda. (United States v. Seher).
Alegan los abogados de Díaz Guillén y Velásquez Figueroa que una jurisprudencia de la Corte Suprema en Honeycutt vs. United States, 137 S. Ct. 1626 (2017) prohíbe que el gobierno solicite la sentencia monetaria de más de cien millones de dólares y prohíbe que el gobierno atribuya esa misma cantidad a cada Demandado como responsable solidario.
Igualmente, argumentan que una condena, por sí sola, no autoriza al gobierno a obtener una sentencia monetaria de más de cien millones de dólares. «Aquí, es responsabilidad del gobierno probar el monto del decomiso mediante una preponderancia de la evidencia», dice la defensa.
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