El Pleno del Congreso de España aprobó, el 11 de septiembre de 2024, la proposición no de ley relativa al reconocimiento de Edmundo González Urrutia como ganador de las elecciones presidenciales celebradas el pasado 28 de julio en Venezuela. La iniciativa fue presentada por el Grupo Popular y fue apoyada por 177 votos a favor, 164 en contra y 1 abstención. Los votos en contra, dominados por el PSOE y otras organizaciones que apoyan al actual Gobierno de Pedro Sánchez, como Podemos, rechazaron la propuesta, entre otras razones, por considerar a González como un “ultraderechista”. La situación es tanto más compleja, pues González ha pedido asilo al Gobierno Español. Pedro Sánchez, que había calificado a González como héroe, explicó que la posición del Gobierno es no reconocer la victoria de Maduro, pero sin que ello implique aceptar que González es el ganador.
La iniciativa aprobada es una propuesta no de ley, que de acuerdo con el artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, corresponde a las iniciativas presentadas por Grupos Parlamentarios para su consideración por la Cámara, y que no suponen una iniciativa legislativa. En términos generales, estas iniciativas forman parte del control político sobre el Gobierno, y en alguna oportunidad, el Tribunal Constitucional ha señalado que este tipo de mociones inciden en la conducta del Ejecutivo, al punto que su incumplimiento podría comprometer su responsabilidad.
Con lo cual esta es una decisión que no tiene fuerza de Ley, pero que genera importantes efectos, que responden a una manifestación del control político sobre el Gobierno, y por ende, sus consecuencias son principalmente internas, como parte de lo que se ha llamado diálogo parlamentario. Pero al mismo tiempo, esta proposición también es relevante en el marco de las distintas declaraciones internacionales sobre las elecciones de Venezuela.
La deliberación y contenido de la propuesta permite interpretarla a través de sus dos caras, a saber, el rechazo a la proclamación de Maduro como presidente electo, y el reconocimiento de González como presidente electo. Si bien relacionadas, ambas caras producen sus propios efectos.
En cuanto a la primera cara, la proposición resume el “fraude electoral masivo” cometido por Maduro, no solo antes de la elección sino, en especial, durante y después de ésta, ante la negativa del Consejo Nacional Electoral de cumplir con el mandato de transparencia, y de basar su decisión sobre la proclamación en actas electorales públicas, transparentes y verificables. Asimismo, se cuestiona la represión emprendida por el régimen de Maduro, como parte de sus esfuerzos de mantenerse en el poder, al margen del resultado legítimo de las elecciones.
La segunda cara es el reconocimiento de Edmundo González como presidente electo, basado en las actas de escrutinio que han sido divulgadas por la Plataforma Unitaria. Esta decisión considera que estas actas -ejemplares auténticos, en los términos de la Ley venezolana- acreditan la legítima voluntad de los venezolanos, la cual debe ser respetada.
Esta segunda cara es la que ha generado un desencuentro interno en España, como vimos, pues el Gobierno se resiste a reconocer a González, a pesar de que rechaza la elección de Maduro. Esto puede generar un problema político doméstico que se resolverá bajo los cauces del control parlamentario sobre el Gobierno.
Ambas caras tienen efectos jurídicos distintos pero vinculados. Así, el desconocimiento de la proclamación de Maduro va a afectar no solo su legitimidad, sino tanto más, su capacidad de gobernar. Ello, al margen de quién sea reconocido como presidente electo.
Tanto más: la cara de la ilegitimidad de Maduro genera efectos inmediatos, mientras que la discusión sobre quién es el presidente electo será jurídicamente relevante, en especial, a partir del 10 de enero de 2025, cuando comenzará el próximo período presidencial.
La ilegitimidad de Maduro es la primera y más importante de las consecuencias de la proposición. Además, esta es la cara en la cual coincide no solo el Gobierno de España sino también la Unión Europea.
La proposición contiene dos decisiones importantes en este sentido:
Rechazar categóricamente cualquier opción que niegue al pueblo venezolano el ejercicio de su soberanía, como podría ser una repetición electoral o un gobierno de coalición que excluya el mandato popular. Promover ante la Unión Europea la reinstauración de las sanciones a los dirigentes del régimen de Maduro que fueron levantadas antes de las elecciones.
Ambas decisiones tienen un punto en común: niegan toda viabilidad del régimen de Maduro, basado en la ilegitimidad de su proclamación y además, en las graves violaciones a derechos humanos.
Este es, a no dudarlo, el primer gran aporte de la propuesta del Congreso de España, pues ratifica la inviabilidad política, democrática y constitucional de Maduro. Y esta es, además, una situación irreversible. Nada de lo que haga Maduro cambiará ese hecho.
El segundo gran aporte, que se desprende del anterior, es que Maduro no es el presidente legítimamente electo, pues ese rol corresponde a Edmundo González. Esta es, por cierto, la gran diferencia de lo que pasó en Venezuela en 2018.
Esta iniciativa, y los muchos otros pronunciamientos similares que se han emitido, constituyen los pilares de las estrategias que, en el plano internacional, deberá construirse para lograr que el 10 de enero de 2025, Venezuela cuente con un presidente legítimo, condición indispensable para avanzar en la reconstrucción del país.
La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.
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Esta es una traducción de El Tiempo Latino. Puedes leer el artículo original en Factcheck.org. Escrito…