28-05-2016 10:00:00 a.m. | Eduardo Sánchez.- Según lo estipulado en la Gaceta Oficial número 40.911, resolución 001, los certificados, permisos y licencias en los procesos de exportaciones no tradicionales, deberán ser exigidos por la Superintendencia Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a los fines de la extracción de las mercancías en el país.
La norma entrará en rigor solo cuando constituya un requisito previsto para la respectiva sub-partida arancelaria. De acuerdo al artículo 2 de la resolución, los demás casos será potestad del exportador.
Igualmente será necesaria la expedición de los certificados, permisos o licencias, “cuando sea exigida su presentación en el país destino, en virtud de los acuerdos internacionales”, según se expresa en la medida.
TEMORES DE SOBREOFERTA MITIGADOS POR TENSIÓN GEOPOLÍTICAEl mercado petrolero concluyó enero de 2026 con un…
Chevron produce actualmente alrededor de 250.000 barriles de petróleo diarios (bpd) en empresas conjuntas con…
Durante un año, Trump castigó a Petro ignorándolo y la puerta que se abre este…
No hay paz sin justicia, no hay justicia sin perdónSan Juan Pablo II El pasado…
Le jugó al Petro-Santismo en un plan de choque diseñado por dos españoles que estuvieron…
Hace 7 meses, asumió la presidencia de GeoPark, que acaba de adquirir Frontera Energy, una…